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El Fondo está destinado exclusivamente al otorgamiento de créditos educativos condonables, por méritos académicos, para el rubro de matrícula en programas de educación formal superior pregrado (técnico, tecnológico y universitario), dirigidos a los asociados, hijos de los asociados, , admitidos en Instituciones de Educación Superior públicas y privadas aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional y señaladas en el anexo de la Circular Externa N° 26 del 17 de julio de 2018.
Requisitos
Los aspirantes a los créditos condonables del fondo deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:
- El estudiante debe haberse vinculado a Cooperativa, antes o durante la convocatoria y debe estar activo con la Cooperativa.
- Debe pertenecer a los estratos 1, 2 o 3.
- El asociado debe tener una antigüedad mínima de 24 meses de vinculación a la Cooperativa. Se acumula y valida la antigüedad en caso de reintegro a la Cooperativa.
- Debe haber terminado el período académico inmediatamente anterior, con el puntaje mínimo requerido.
- El aspirante no debe estar recibiendo subsidios para los mismos rubros que contempla este programa de apoyo a la educación superior formal.
- Debe estar admitido en un centro docente debidamente autorizado por el Ministerio de Educación, según lo dispuesto en el artículo décimo quinto del presente reglamento. Debe estar al día en las obligaciones contraídas con la Cooperativa, excepto que la Cooperativa determine que una situación diferente se ha derivado de un detrimento económico involuntario y fortuito y que el aspirante tiene el desempeño académico mínimo requerido.
- Debe tener un codeudor, que puede ser el mismo asociado u otra persona que demuestre solvencia.
- El crédito condonable es única y exclusivamente para estudios en el territorio Nacional Colombiano.